DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRAMITAR UNA HERENCIA.
La documentación necesaria para tramitar una herencia puede ser una gestión complicada, sobre todo si no se tiene claro qué es lo que necesitamos. Lo ideal es buscar un asesoramiento jurídico con profesionales especialistas en la materia.
En este blog vamos a ofrecerles información general de la documentación que se necesita para tramitar una herencia, para que podamos tener una idea aproximada de qué es lo que necesitamos recopilar.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA SI NO HAY TESTAMENTO
En el caso de que la persona fallecida no haya otorgado testamento, lo primero que tenemos que tramitar es la declaración de herederos. Este trámite hay que hacerlo ante notario, y para ello se requiere la siguiente documentación:
- Certificado de defunción del causante.
- Certificado de últimas voluntades.
- Fotocopia del DNI del causante y de los herederos.
- Certificado de empadronamiento del causante.
- Libro de familia.
- Certificado literal de matrimonio.
- Certificado literal de nacimiento de descendientes.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA CUANDO HAY TESTAMENTO
Si la persona fallecida ha otorgado testamento, ya no será necesario realizar la declaración de herederos.
La documentación que necesitaríamos en este caso, es la siguiente:
- Certificado de defunción del causante.
- Certificado de últimas voluntades.
- Fotocopia del DNI del causante y de los herederos.
- Certificado de empadronamiento del causante.
- Copia autorizada del testamento (no sirve copia simple).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN AMBOS SUPUESTOS
Independientemente de la documentación mencionada anteriormente, haya testamento o no, para la completa tramitación de una herencia, es necesaria también la siguiente:
- Escrituras públicas de la adquisición de los bienes inmuebles de los que fuera titular el causante.
- Ultimo recibo del Ibi de dichos bienes inmuebles.
- Certificado bancario de posiciones a fecha de fallecimiento de las cuentas bancarias de las que fuese titular la persona fallecida, o su cónyuge si están casados en régimen de gananciales.
- Certificado de las entidades correspondientes en las que conste titularidad de acciones, fondos, depósitos… tanto de la persona fallecida como de su cónyuge si están casados en régimen de gananciales.
- Certificado de existencia de plan de pensiones.
- Documentación original de los vehículos del fallecido, o de su cónyuge si están casados en régimen de gananciales.
- Certificado de cargas o deudas de las que fuera titular el causante, o su cónyuge si están casados en régimen de gananciales.
- Certificado de seguros.
- Facturas en concepto de gastos de última enfermedad.
- Facturas en concepto de gastos de entierro y funeral.
En CALSOM ABOGADOS ayudamos a realizar todos los trámites hereditarios, ofreciendo un asesoramiento jurídico personal a cada uno de nuestros clientes, que serán atendidos por profesionales especialistas en Derecho de Sucesiones.
Si necesita asesoramiento relacionado con una herencia, o con los trámites de la misma, no dude en contactar con CALSOM ABOGADOS, contamos con un equipo de especialistas que estarán encanados de atenderle y resolver todas sus dudas. La primera consulta es gratuita.
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