¿Qué pasa con los contratos de alquiler firmados durante la vigencia del Decreto?

CONTRATOS DE ALQUILER FIRMADOS DESDE EL 19 DE DICIEMBRE 2018 AL 22 DE ENERO 2019

La derogación del Real Decreto Ley de vivienda por parte del Congreso, devolverá los alquileres a la situación del pasado 18 de diciembre, el día en que el decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

El «acuerdo de derogación» también deberá ser publicado en el BOE. Desde ese momento, se entenderá que los preceptos de la norma quedan anulados y por tanto todas las leyes que modifica vuelven a su redactado anterior.

¿Qué pasa con los contratos del último mes?

La situación actual no afectará a los contratos firmados desde el 19 de diciembre de 2018, fecha de entrada en vigor del decreto ley, hasta su derogación.

Esos contratos se han firmado conforme a las normas vigentes durante el último mes. Por tanto, se respetarán sus condiciones: la duración mínima del contrato de cinco años más tres de prórroga tácita (siete años iniciales si el arrendador es una persona jurídica), la limitación del aval adicional al mes de fianza a dos mensualidades, y el pago de los gastos inmobiliarios por parte del arrendador si es una persona jurídica.

Contratos nuevos

Para los nuevos contratos de arrendamiento se tendrá en cuenta la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que del 2013.

Eso significa que la duración mínima del contrato se reduce a tres años más uno de prórroga tácita. El arrendador puede solicitar los avales adicionales al mes de fianza que estime oportunos sin ningún tipo de límite, y también puede exigir que sea el inquilino quien pague la comisión (normalmente una mensualidad) si ha intervenido una agencia inmobiliaria.

El decreto también modificó el procedimiento que debían seguir los juzgados ante desahucios a través de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Queda eliminada la obligación del Juez de pedir un informe a los servicios sociales, si el inquilino alegaba vulnerabilidad social.

También queda anulada la exclusión explícita de la LAU de los contratos de alquiler turístico.

 

Estos son solo algunos de los problemas a los que nos enfrentamos de nuevo, según la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente ahora mismo.

Si necesita más información relacionada con algún contrato de arrendamiento, no dude en contactar con nosotros. En CASLSOM ABOGADOS contamos con un equipo especializado en esta materia, y estará encantado de poder ayudarle.

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