ESTUDIANTE DEL ICEX, RECLAME LA DEVOLUCIÓN DEL IRPF

ICEX IRPF.

Si usted ha sido estudiante del ICEX, es importante que sepa que ahora puede solicitar la devolución del IRPF que le retuvieron el año que estuvo en el extranjero disfrutando de la beca de prácticas de su centro de estudios. En CALSOM ABOGADOS le ayudamos a recuperar su dinero.

Hay que tener en cuenta el artículo 8 de la Ley del IRPF, que dispone que serán contribuyentes por este impuesto las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español. Por su parte, el artículo 9 de la Ley del IRPF establece que se entenderá que un contribuyente tiene su residencia habitual en España cuando permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español.

Pero, para determinar este período de permanencia en territorio español, el artículo mencionado tiene en cuenta las ausencias esporádicas. Esa permanencia legal no queda enervada porque el contribuyente se ausente de forma temporal del territorio español. Una ausencia esporádica sería sólo la acaecida de forma ocasional, que no obedece a un patrón prefijado, continuo o permanente.

No puede comprender periodos temporales dilatados en el tiempo y, de hecho, superiores al previsto en el precepto como de permanencia legal (más de 183 días).

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda (Sentencia núm. 1850/2017), de fecha 28 de noviembre 2017, establece que la permanencia fuera del territorio nacional durante más de 183 días a lo largo del año natural como consecuencia del disfrute de una beca de estudios, no puede considerarse como una ausencia esporádica a los efectos del artículo 9.1.a) de Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Por tanto, las cantidades retenidas a los estudiantes del ICEX como retenciones de IRPF durante el periodo de las prácticas realizadas en territorio extranjero, deben ser devueltas a los mismos. No se consideran como contribuyentes ni obligados a tributar en territorio español.

Si ha estado más de 6 meses en el extranjero becado por el ICEX, no dude en contactar con nosotros. Le solicitaremos la devolución del IRPF. El porcentaje de éxito para la recuperación del dinero está asegurado. Se puede llegar a recuperar, en función de la cantidad retenida, entre 2.000 y 10.000 euros aproximadamente.

En CALSOM ABOGADOS le ayudamos a recuperar su dinero solicitándole la devolución del total de las cantidades debidas.

www.calsomabogados.com

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