LA ESTABILIDAD LABORAL DE LOS INTERINOS: RECLAMA TU PLAZA

Tras la Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 19 de marzo de 2020, se están iniciando numerosos procedimientos de reclamación de la estabilidad laboral de los interinos.

CALSOM ABOGADOS ha podido resolver las cuestiones más planteadas sobre esta materia:

¿Qué se pretende con esta reclamación?

Lo que se pretende es que se reconozca la estabilidad y fijeza en el empleo con un régimen de igualdad con los funcionarios de carrera y los estatutarios.

¿Pueden reclamar todos los funcionarios?

Pueden reclamar los funcionarios públicos interinos o temporales de larga duración que hayan sido contratados temporalmente para atender necesidades ordinarias de personal de la Administración.

Para poder reclamar tienen que haberse prestado esos servicios un mínimo de 24 meses dentro de los 30 últimos, o tres años de interinidad de forma continuada en una plaza vacante.

¿Pueden reclamar los funcionarios de cualquier sector?

Sí, se puede reclamar desde todos los sectores: educación, sanidad, defensa, justicia, etc.

¿Está España obligada a cumplir el derecho europeo?

Si, el derecho comunitario prevalece sobre el derecho español. Los órganos administrativos y jurisdiccionales de España tienen que resolver conforme a la normativa europea.

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Primero es necesario interponer una reclamación previa ante la Administración correspondiente. Posteriormente interponer recurso contencioso administrativo ante el órgano judicial competente.

Si te encuentras en esta situación, y necesitas más información, contacta con nosotros. Un abogado especializado podrá ofrecerte un asesoramiento personalizado. La primera consulta es gratuita.

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Por Isabel de la Cal Bestilleiro

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