NULIDAD MATRIMONIAL CIVIL

¿QUÉ ES LA NULIDAD MATRIMONIAL CIVIL?

Se trata de la invalidación de un matrimonio celebrado, es decir, se considera que dicho matrimonio nunca existió. El motivo por el cual es posible realizar esta nulidad es vicios o errores esenciales al momento de la celebración.

¿DONDE SE REGULA LA NULIDAD MATRIMONIAL CIVIL?

En el Código Civil, en los artículos 73 y siguientes.

¿QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA ANULAR CIVILMENTE MI MATRIMONIO?

  • FALTA DE CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL: Es decir que se haya celebrado el matrimonio sin el consentimiento de uno de los contrayentes.
  • MENOR DE EDAD: los menores de edad no emancipados no pueden contraer matrimonio.
  • LOS LIGADOS EN VÍNCULO MATRIMONIAL: En España no está permitido contraer segundas nupcias sin haber disuelto la anterior, nos encontraríamos ante un delito de bigamia.
  • LOS FAMILIARES: No pueden contraer matrimonio los parientes en linea recta ya sea por consanguinidad o adopción, es decir no se puede contraer matrimonio padres con hijos, ni abuelos con nietos… bisabuelos, tatarabuelos… en ningún caso. Tampoco se puede entre hermanos, tíos y sobrinos ni entre primos (aunque en este caso podrían solicitar una dispensa)
  • EL CONDENADO POR MUERTE DOLOSA DEL CÓNYUGE DE LA PERSONA CON LA QUE QUISIERA CONTRAER.
  • ERROR EN LA IDENTIDAD DE LA PERSONA.
  • ERROR EN LAS CUALIDADES DE LA PERSONA
  • COACCIÓN O MIEDO GRAVE.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR QUE SE ANULE UN MATRIMONIO DE FORMA CIVIL?

  • Cualquiera de los cónyuges.
  • El Ministerio Fiscal.
  • Cualquiera que tenga interés legítimo.
  • Los padres o tutores de los cónyuges mientras fuesen menores de edad.

¿PUEDO ANULAR MI MATRIMONIO PESE A NO HABER TENIDO HIJOS?

La declaración de nulidad no invalidará los efectos producidos en los hijos.

¿SI ME HAN CONCEDIDO LA NULIDAD ECLESIÁSTICA PUEDO SOLICITAR QUE SE CONVALIDE EN EL ORDEN CIVIL?

Claro, es posible su convalidación a solicitud de cualquiera de los cónyuges.

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Fdo: Elena Somoano Gandolfo

Abogada

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