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LGTBfobia o discriminación laboral

La LGTBfobia, o discriminación por orientación sexual o identidad de género, está presente en el ámbito laboral. En muchas ocasiones, con bromas despectivas, el acoso o las vejaciones.

La LGTBfobia sigue muy vigente en la actualidad. A pesar de las diferentes normativas que han promovido la igualdad de estos colectivos y el logro de derechos históricos.

Más de la mitad de homosexuales, bisexuales o transexuales prefieren no revelar su orientación sexual o identidad de género en el trabajo.

En la mayoría de los casos, en las empresas no se observa una discriminación directa. Sino que los incidentes se relacionaban con momentos en los que los compañeros de trabajo hablan del colectivo LGTB de manera negativa. En otras ocasiones, la empresa directamente despide al trabajador al enterarse de su orientación sexual o identidad de género, y lo plantea como si se tratase de un despido objetivo e incluso a veces disciplinario.

MARCO JURÍDICO COMUNITARIO Y ESTATAL

Lo cierto es que la LGTBfobia existe a nivel laboral, a pesar de medidas como la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.

La Directiva 2000/78/CE se integró en el ordenamiento laboral español por medio de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. El derecho a no ser discriminado por razón de la orientación sexual se convierte en un derecho básico de todo trabajador, (artículo 4.2.c del ET), y al mismo tiempo se entenderán nulas las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo a situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de orientación o condición sexual (artículo 17.1 ET).

Así, la protección frente a la discriminación por razón de orientación sexual tiene pues una doble tutela en España. La derivada del derecho comunitario y también la del derecho interno.

Por tanto, si has sufrido o sufres algún tipo de discriminación en el trabajo por tu orientación sexual o identidad de género, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Si tu empresa te ha despedido, y consideras que es por discriminación, también ponte en contacto con nosotros. En CALSOM ABOGADOS tramitaremos el procedimiento de despido, defendiendo en todo momento tus intereses.

Además, es importante mencionar que existe la posibilidad de que se pueda acumular a la demanda por despido, la reclamación de una indemnización económica por los daños y perjuicios causados, por causa de la actitud empresarial discriminatoria.

Si te encuentras en esta situación, o tienes alguna duda, contacta con nosotros. Estaremos encantados de poder ayudarte y asesorarte jurídicamente.

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