Las principales novedades aplicables a partir del 19 de diciembre de 2018, establecidas en el Real Decreto-ley 21/2018, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, son las siguientes:
Contratos de alquiler más largos
Se amplía el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de 3 a 5 años. 7 años si el arrendador es persona jurídica.
También se amplía el plazo de prórroga tácita de 1 a 3 años, es decir, en el caso de que el arrendador o el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovar.
Avales limitados
Para la firma del contrato, el arrendador no podrá exigir al nuevo inquilino un aval, al margen de la fianza. La fianza no podrá exceder de dos meses la renta mensual de alquiler, salvo en contratos de larga duración.
Los gastos de inmobiliaria los paga el arrendador, si es una persona jurídica
El arrendador se hará cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato, siempre que sea una persona jurídica.
Rebaja de impuestos
En el área fiscal, se establece la exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la suscripción de contratos de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente.
El decreto también retoca la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para modificar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Cuando el arrendador sea un ente público se podrá eximir al inquilino del pago de este impuesto.
Pisos turísticos
Los alquileres turísticos salen de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y se regularán como una actividad económica.
Se permite a las comunidades de vecinos limitar o vetar este tipo de arrendamientos en el edificio, siempre que lo apoyen tres quintas partes de los propietarios (modificación Ley de Propiedad Horizontal). Pero esta medida solo se aplicará a nuevos pisos turísticos y no a los ya existentes.
Cambios en los desahucios de hogares vulnerables
El decreto, incluye cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que se paralicen los desahucios hasta que se encuentre una alternativa habitacional en los casos que afecten a personas o familias vulnerables.
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