CÓMO RECLAMAR MI FIANZA

CÓMO RECLAMAR MI FIANZA

 Se establece en el Art 36 de la LAU en su apartado primero, << A la celebración del contrato será obligatoria su exigencia y prestación en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda>>.

¿ES OBLIGATORIA LA DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA?

Una vez que hayamos decidido resolver el contrato de arrendamiento, el arrendador estará obligado a devolvernos la fianza en su totalidad, a salvo de varias excepciones, en los que el arrendador podrá quedarse con la totalidad o parte de la fianza.

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA RECLAMAR?

Por ley no existe un plazo fijado pero si se establece en el ART 36.4 de la LAU que después de un mes de haber entregado las llaves de la vivienda, si el arrendador todavía no te ha entregado la fianza deberá abonarte también el interés legal.

¿EN QUÉ CASOS PUEDE EL CASERO RETENER LA FIANZA?

Dado que la fianza se trata de una garantía para el arrendador en cuanto a garantizar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, entendemos que cuando dichas obligaciones no se cumplan se podrá retener totalmente o una parte de la fianza, pero siempre justificado.

Entre las obligaciones que tiene el arrendatario destacan:

Cumplimiento del pago de la renta: por lo que si en el momento de resolver el contrato, el arrendatario tiene pagos pendientes, el arrendador podrá quedarse con la parte de la fianza proporcional hasta cubrir dichas cuotas pendientes.

Entrega de la vivienda en las mismas condiciones que cuando se entró a vivir: Dicha obligación dará derecho al arrendador a quedarse con la parte proporcional de la fianza hasta cubrir los desperfectos ocasionados por el inquilino, debiendo tenerse en cuenta que únicamente dará derecho a retenerla cuando los desperfectos sean imputables al arrendatario y no cuando sean ocasionados por el uso normal de la vivienda.

Desde CALSOM ABOGADOS te recomendamos reclamar tu fianza e iniciar las actuaciones necesarias a  la mayor brevedad.

Por lo que si te encuentras en esta situación desde CALSOM ABOGADOS, a través de nuestro equipo especializado en Derecho de Arrendamiento, te asesoraremos y guiaremos en todo el procedimiento de reclamación hasta solucionarlo. La primera consulta es gratuita.

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